Orden de Admisión a tramite de la apelación

En el tribunal del circuito del decimoséptimo circuito judicial en y para el condado de Broward, FLORIDA

 

CASO Nº 94-130 62CF 10B

JUEZ: JEFFREY R. LEVINSON

ESTADO DE FLORIDA
Demandante

V.

PABLO MANUEL IBAR
Acusado

ORDEN SOBRE LA CONFERENCIA DE GESTIÓN DEL CASO

ESTA CAUSA llega a este tribunal a raíz de la moción del acusado solicitando una revisión post-condena, presentada en aplicación de la norma penal del Estado de Florida P. 3.851. Tras haber tenido en cuenta la moción, la respuesta del Estado, la respuesta del acusado, habiendo celebrado una conferencia sobre el caso con las partes el 30 de octubre de 2008, habiendo escuchado los argumentos de la defensa, habiendo considerado el expediente existente en el tribunal, así como el derecho aplicable y habiendo sido debidamente asesorado en sede judicial, este tribunal determina lo siguiente:

Se celebrará una audiencia probatoria con respecto a las siguientes cuestiones: el argumento segundo de la defensa por el cual el acusado argumenta que el estado suprimió o no reveló pruebas exculpatorias. Brady vs. Maryland, 373 U.S. 83 (1963). Específicamente, el acusado argumentaba que el estado había suprimido pruebas consistentes en una camisa negra de manga larga de la cual se obtuvo un perfil de ADN; una pista proporcionada al agente de policía de Miramar Ron Peluso según la cual un informador no identificado del bar Casey’s Nickelodeon había informado que John Giancarlo Rabino era un posible sospechoso; información según la cual en el día de los asesinatos Jean Klimeczo le había dicho a su madre Michelle que “algo malo iba a ocurrir”, así como información relativa a todas las personas a las que se mostraron imágenes de los perpetradores pero que negaron cualquier parecido con el acusado. (argumento reformulado por este juez)

El tribunal también otorga audiencia probatoria sobre los argumentos I(A) y I(F), en los cuales el acusado argumenta que le fueron negados sus derechos constitucionales a una defensa efectiva porque su abogado en el juicio no procuró la asistencia de un experto en identificación facial para establecer la capacidad de identificar positivamente al acusado como uno de los perpetradores que aparecen en el vidrio de vigilancia. Específicamente, el acusado argumentaba que su defensa en el juicio fue ineficaz al no procurar la asistencia del Dr. Mehmet Iscan (que apoyó a la defensa del otro coacusado) para analizar el video. El acusado argumentaba asimismo que el abogado en el juicio fue ineficaz al no obtener la densidad de otro experto en identificación facial. El abogado Benjamin Waxman ha obtenido la asistencia del experto en identificación facial británico Raymond Evans, que analizó el vidrio y opinó que había con diferencias claras y observables entre el acusado y el perpetrador. (argumento reformulado por este juez) Así pues, se permitirá a la defensa presentar a Evans como testigo en la audiencia probatoria.

Este tribunal estima que el resto de los argumentos del acusado no merecen una audiencia probatoria, por lo que este tribunal deja esos argumentos en suspenso hasta la conclusión de la audiencia probatoria y la emisión de una orden final. Por ello,

DECIDE Y ORDENA que este tribunal otorgue una audiencia probatoria sobre la base de los momentos establecidos anteriormente. En la siguiente conferencia sobre el caso con las partes, este tribunal fijará la fecha de la audiencia probatoria y asimismo fijará los parámetros de intercambio de información y listas de testigos y de pruebas entre las partes.

ORDEN REALIZADA en este día de diciembre de 2008 en Chambers, Fort Lauderdale, Condado de Broward, Florida.

JEFFREY R. LEVENSON

JUEZ DEL CIRCUITO

JEFFREY R. LEVENSON

15 DE DICIEMBRE DE 2008

COPIA AUTÉNTICA

Copias para:

Benjamin Waxman, abogado de la defensa

Susan Balley, Asistente del Fiscal del Estado

Leslie T. Campbell, Asistente del Fiscal del Estado

ayuda Pablo Ibar