La defensa se opondrá a tal determinación ante el juez. El juez tendrá que resolver si cita a una vista oral a la persona que afirma que los autores fueron miembros de una red de traficantes
La Fiscalía de Florida se opone a una vista oral con el nuevo testigo. La Fiscalía del Condado de Broward County de Florida se ha opuesto a la revisión del caso de Pablo Ibar. En consecuencia, se ha opuesto a la celebración de una vista en la que pueda declarar el testigo de la defensa. Este testigo exculpa a Ibar de los tres asesinatos por los que cumple en la actualidad cadena perpetua. Tal es la información aportada hoy por la Asociación Pablo Ibar-Juicio Justo, que precisa que la defensa de Ibar acaba de recibir el documento aportado por la acusación, que consta de más de 900 folios.
El Ministerio Público estadounidense concluye que todos los motivos alegados por la defensa deben desestimarse. Por ello reclama que no se lleve a cabo la vista probatoria solicitada por el abogado defensor de Ibar. En su opinión ninguna de las supuestas nuevas pruebas es “legalmente admisible”. Añade en este sentido que “probablemente” tampoco ninguna de ellas daría lugar a una absolución. También considera que la mayoría de las cuestiones que han sido planteadas ya se tramitaron en el transcurso de la apelación.
El proceso contra Ibar experimentó en verano del pasado año un giro radical. El abogado de Ibar, Daniel Tibbitt, presentó ante los tribunales estadounidenses una moción con la declaración jurada de un testigo. Dicho testigo asevera que la persona que intervino en los tres asesinatos por los que Ibar fue inicialmente condenado a muerte no fue Pablo Ibar. Fue otro individuo del que facilitó su identidad. Esta revelación se produce treinta y un años después de que se hubiesen llevado a cabo los delitos. Por ello, el letrado Daniel Tibbitt pidió la reapertura del proceso y la celebración de una nueva vista oral.
Retrasos
Después de tres incumplimientos de plazos por parte de la Fiscalía para que se pronunciara, esta semana se ha conocido el posicionamiento de la misma. Su representante ha pedido al juez que desestime de plano la moción presentada por el abogado de Pablo Ibar. El fiscal estima que la nueva declaración jurada del testigo es un “rumor inadmisible”. Sostiene al respecto que dicha persona no fue testigo ocular y que se limita a relatar lo que, supuestamente, le contó otro individuo meses después de los asesinatos. Por ello, sostiene que la declaración constituye “un doble rumor”.
El Estado cuestiona asimismo la credibilidad de la confesión. Dice que tuvo lugar años después de los asesinatos, que no existe ninguna grabación, que no hay ningún informe policial de 1996 y que tampoco hay testigo alguno que la corrobore.
La Fiscalía de Florida se opone a una vista oral con el nuevo testigo
El Estado afirma que, de acuerdo con la legislación del estadio de Florida, “no puede considerarse una prueba recién descubierta”. Añade también que dicho testimonio contiene “especulaciones”, al sostener que “cree” que fueron otras las personas que cometieron los tres asesinatos por los que Pablo Ibar fue condenado primero a pena de muerte y tras la celebración de nuevo juicio, a cadena perpetua. En consecuencia, concluye que lo manifestado por el testigo carece de fundamento y que sus declaraciones son insuficientes desde el punto de vista jurídico.
En el escrito presentado por el Estado, cuya extensión supera los 900 folios, la acusación alega también que la declaración jurada se contradice con las pruebas forenses. Sostiene de manera insistente que dicho testimonio no puede prevalecer sobre las periciales. Explica que se encontró ADN de Pablo en la camiseta azul de trabajo recuperada en el lugar de los hechos. La defensa siempre ha mantenido que los restos del perfil genético encontrados en la prenda fueron producto de una contaminación en los laboratorios en los que se analizaron aquellas pruebas.
Afirma al respecto que varios expertos sostuvieron que Ibar fue la fuente de dicho ADN. También afirma que los análisis posteriores reforzaron, en lugar de debilitar, tal conclusión. En consecuencia, el Estado sostiene que una declaración “de oídas” no corroborada no puede prevalecer sobre lo que califica de pruebas científicas abrumadoras. Por ello pide al juez que la prueba no sea admitida.
Decisión del juez
La respuesta de la Fiscalía no es el dictamen que Pablo Ibar y su familia esperaban. Tampoco les ha cogido de sorpresa y en cierto modo confirma que Estado de Florida no parece muy dispuesto a que se conozca la verdad de los brutales asesinatos cometidos 1994. En esos hechos, tres personas perdieron la vida durante el asalto a un chalet en la localidad de Miramar, cercana a Miami.
La postura del fiscal, aun siendo negativa para Ibar, no va trastocar la estrategia que su abogado, Daniel Tibbitt había diseñado para la presente fase procesal. El posicionamiento del fiscal ahora conocido era una de las probabilidades que el letrado de Miami ya contemplaba.
La defensa se halla inmersa en el estudio de este último dictamen de la Fiscalía. El letrado de Ibar se verá obligado necesariamente a interponer un recurso en un plazo de treinta días, tras lo cual será el juez quien en última instancia decida sobre la conveniencia de que se celebre o no la audiencia pública y declare el testigo que exime a Pablo Ibar de toda responsabilidad en los hechos.
“Pablo lucha contra personas que han mentido en los juicios, destruido pruebas y comprado testimonios”, afirma su hermano Michael
Michael Ibar asegura que su hermano “lucha contra personas que han mentido en cuatro juicios, destruido pruebas, comprado testimonios…”. No obstante, Michael confía en que, a pesar de este revés, su hermano se mantenga fuerte y que el juez termine dándole la razón y dé luz verde a la celebración de la audiencia con el testigo.
Diligencia primordial
La defensa considera primordial en esta fase que se tome declaración al mencionado testigo. Por ello solicita la celebración de una vista oral, para que el inesperado declarante pueda ser sometido a un interrogatorio por las partes. En el transcurso de dicha comparecencia, el testigo aportará los detalles de cómo acontecieron en realidad los hechos. Por tales hechos Ibar fue sentenciado, primero a muerte y más tarde a cadena perpetua. En el transcurso de la diligencia, el compareciente desvelará la identidad de la persona que efectuó los disparos que acabaron con las vidas de las víctimas (dos jóvenes mujeres y el dueño de la casa) así como la de la otra persona que participó en el asalto.
Según se recoge en la declaración jurada presentada por la defensa al juez, este testigo conoce a los perpetradores de los delitos. En dicho documento, el informante detalló que durante una etapa de su vida frecuentó los mismos ambientes delincuenciales que los verdaderos asesinos y admitió haber cometido diversos delitos, por los que fue detenido, juzgado y sentenciado. Sin embargo, explicó que tras su arresto colaboró con las autoridades, rehízo su vida y que hoy es una persona totalmente rehabilitada.
El testigo vinculó los asesinatos que se conocen como “los crímenes de Miramar” a un ajuste de cuentas por tráfico de drogas contra el propietario del chalet, Casimir Sucharski, dueño también de un conocido club de la zona.
Captación de fondos
A nadie se le escapa que el nuevo proceso judicial de Pablo Ibar con la presencia de este testigo va a generar un enorme gasto económico. La Asociación Pablo Ibar-Juicio Justo viene desarrollando desde hace casi treinta años diversas iniciativas en favor del recluso. Gracias a la labor desarrollada por sus miembros, Ibar logró reunir casi un millón de dólares para afrontar un proceso que finalizó en mayo de 2019. Tal proceso dejó sin efecto la pena de muerte a la que había sido sentenciado. Ibar había permanecido dieciséis años en el corredor de la muerte.
En el momento actual, la Asociación sigue inmersa en la misma tarea y acaba de reactivar la campaña de crowdfunding. Por ello, la oenegé hace un llamamiento a apoyar a Pablo Ibar y ofrece a través de su página web www.pabloibar.com y las redes sociales la posibilidad de efectuar las aportaciones económicas. La Asociación también cuenta con una línea de Bizum para facilitar y agilizar los ingresos. Para ello, el donante ha de abrir la app de Bizum de su entidad bancaria y dirigirse a la pestaña DONAR, o similar. Una vez seleccionada esta posibilidad, se ha de teclear en el buscador Pablo Ibar y por defecto aparecerá la ASOCIACIÓN PABLO IBAR JUICIO JUSTO. Elegida la opción de la Asociación basta con seguir las indicaciones de la misma entidad bancaria. De igual manera, los donantes pueden efectuar los ingresos que consideren mediante transferencia bancaria a las cuentas del BBVA: ES60 0182 0361 8202 0158 6200, y Laboral Kutxa: ES71 3035 0029 64 0290103319.
